TÍTULO VIII
DE LA RAMA JUDICIAL
CAPÍTULO 3: DE LA JURISDICCIÓN DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Artículo 238
El Consejo de Estado ejercerá las funciones de tribunal supremo de lo contencioso administrativo, conforme a las reglas que señale la ley.
El Consejo de Estado ejercerá las funciones de tribunal supremo de lo contencioso administrativo, conforme a las reglas que señale la ley.