TÍTULO VII
DE LA RAMA EJECUTIVA
CAPÍTULO 7: DE LA FUERZA PÚBLICA
Artículo 220
El Presidente de la República es el Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas. Dirige la fuerza pública y dispone de ella como Jefe del Estado.
El Presidente de la República es el Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas. Dirige la fuerza pública y dispone de ella como Jefe del Estado.