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ARTICULO 279º.
La ley determinará lo relativo a la estructura y al funcionamiento de la Procuraduría General de la Nación, regulará lo atinente al ingreso y concurso de méritos y al retiro del servicio, a las inhabilidades, Incompatibilidades, denominación, calidades, remuneración y al régimen disciplinario de todos los funcionarios y empleados de dicho organismo.
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TEMA 251.
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN .
Es un órgano independiente y de control.
A) CARACTERÍSTICAS. Es un órgano que:
1. Posee autonomía administrativa.
2. Tiene autonomía financiera.
3. Tiene autonomía contractual.
B) ASPECTOS DETERMINADOS POR LEY
Por ley se determinarán los siguientes aspectos:
1. Estructura y al funcionamiento.
2. Ingreso.
3. Concurso de méritos.
4. Retiro del servicio.
5. Inhabilidades.
6. Incompatibilidades.
7. Denominación de los cargos.
8. Calidades (requisitos ).
9. Remuneración.
10. Régimen disciplinario.
C) FUNCIONARIOS . (Ver: Art. 280 )
Concordancia(s)
(124, 125, 280)
Jurisprudencia, doctrina y-o desarrollos normativos.
Comentario(s). • La Ley 201 de 1995 y el Decreto 262 de 2000 regulan los de la Procuraduría General de la Nación. • La carrera administrativa de la Procuraduría General de la Nación, es una carrera administrativa especial. |
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