Es la unión de una pareja que no ha contraído matrimonio, pero que debido a su permanencia juntos igual o mayor de dos años, la ley le concede efectos jurídicos semejantes a los del vínculo matrimonial, de donde se derivan obligaciones, deberes y derechos. Ej. Posibilidad de ser sucesor, sustituto pensional, derechos a alimentos etc.