Que no produce ningún efecto jurídico.// Efecto producido por determinadas causas legales. Todo acto jurídico debe llenar ciertas condiciones indispensables para su existencia y validez, fuera de ellas es nulo. Es decir que la existencia de un acto no determina su validez, ni de de sus efectos. El acto pude haber surgido, pero afectado de un vicio, que inexorablemente lo condena a su inexistencia. Sucede cuando fallan las condiciones para su validez, como la capacidad de los agentes, la ausencia de vicios del consentimiento, la observancia de plenitud de las formalidades del acto, la licitud del objeto y de la causa.